Guatemala:MSICG LOGRA QUE CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD REVIERTA PARCIALMENTE REFORMAS AL RÉGIMEN DE PENSIONES DEL IGSS

13 de septiembre 2012

 El Movimiento sindical, indígena y campesino guatemalteco –MSICG- fue notificado de la resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad dentro de los expedientes acumulados números  3,  4  y  52, todos del año 2011, dentro de los cuales se conocía la acción de inconstitucionalidad total del Acuerdo 1257 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social –IGSS-, que reformó el régimen del programa de Invalidez, vejez y sobrevivencia –IVS- del IGSS.

 La sentencia emitida por la Corte de Constitucionalidad declaró inconstitucional los siguientes aspectos planteados por el MSICG:  1) El aumento de los meses de contribución para optar al 0.5% de la remuneración base por cada seis meses de contribución que tenga  el asegurado en exceso; 2) La eliminación del 10% de la remuneración base por cada dependiente del afiliado; 3) La variación en el cálculo del 25% adicional de los pensionados de “Gran invalidez” y; d) El incremento de la edad para optar a la pensión por vejez.

 Si bien es cierto, la citada sentencia aborda algunos de los aspectos impugnados por el MSICG en su planteamiento de inconstitucionalidad, mantiene aspectos igualmente nocivos como el incremento del número de cuotas para acceder a la pensión por vejez, lo que, en la práctica produce que las inconstitucionalidades declaradas no tengan realmente el efecto de resguardar los derechos de las trabajadoras y trabajadores afiliados al régimen de seguridad social hasta el 31 de diciembre de 2010 así como mantiene las condiciones para quienes han ingresado al régimen posteriormente a dicha fecha.

 Para el MSICG, los argumentos esgrimidos por la Corte de Constitucionalidad en esta sentencia; al igual como lo han sido los argumentos emitidos por la misma al resolver lo relativo a los salarios mínimos y lo relativo a reglamentos de trabajo emitidos por instituciones del Estado al margen de sus facultades reglamentarias, no sólo se apartan de los principios más básicos de justicia sino que además profundizan y extienden las condiciones de vulnerabilidad, miseria y exclusión de quienes dejando sus vidas trabajando producen la riqueza de este país y pagan los salarios y privilegios de los mismos Magistrados de la Corte de Constitucionalidad y demás tribunales de la República. 


Al resolver la Corte de Constitucionalidad obvió incluso considerar que las pensiones pagadas por el IGSS actualmente parten de una pensión mínima que se establece en un máximo de Q.340.00 mensuales  para el pensionado y sus dependientes económicos, cifra que coloca a estos y a sus familias en situación de pobreza extrema de conformidad con la línea de pobreza establecida por el Instituto nacional de estadística –INE- en la ENCOVI 2011, y que de conformidad con las mismas estadísticas para el mes de agosto de 2012, les impiden acceder  al Costo de la Canasta básica de alimentos (es decir alimentos crudos)  para lo cual se requiere de Q.484.13 al mes por persona, y al Costo de la Canasta básica vital ubicado en Q.883.45 mensuales.   


El MSICG ve con profunda preocupación el papel que durante los últimos años ha desempeñado la Corte de Constitucionalidad  dejando de ser un garante del cumplimiento de los deberes fundamentales del Estado establecidos en los artículos 1 y 2 Constitucionales y lamenta que la legislación que rige su actuación admita una impunidad absoluta en beneficio de quienes la integran y la total falta de controles sobre la eficacia de sus actuaciones.


De allí que el MSICG, aún y cuando estará fijando próximamente su posición respecto al proceso de reformas constitucionales, considere prudente anticipar su oposición al incremento de magistrados, presupuesto y duración de los períodos de los mismos en los cargos. Señalando que la existencia de órganos sin controles, de funcionarios sin responsabilidades por sus actos oficiales y sin fiscalización social tal y como se encuentra en estos momentos los magistrados de la  Corte de Constitucionalidad son sólo algunos de los principales problemas para la vigencia y credibilidad del  Estado de Derecho, la transparencia y la buena gobernanza. 


De la misma manera, el MSICG, como ya lo ha hecho en otros casos, en ausencia de una garantía plena por parte del sistema de justicia guatemalteco de los derechos reconocidos en  la Constitución Política de la República, los tratados y convenios ratificados y vigentes para Guatemala, estará sometiendo en los próximos días  este caso a la justicia internacional.


Guatemala, 12 de septiembre de 2012.



CONSEJO POLÍTICO

MOVIMIENTO SINDICAL, INDÍGENA Y CAMPESINO GUATEMALTECO

MSICG

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